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Normativa de envases de plástico: qué te afecta y cuándo

Envases de aluminio, bandejas de cartón con fruta y bolsas de papel sobre el mostrador de un pequeño comercio

No hay una prohibición general del plástico en los envases. Lo que hay son formatos concretos que ya no se pueden usar, envases que se cobran aparte y un calendario de cambios que llega hasta 2030.

Hoy conviven la Ley 7/2022 de residuos, el Real Decreto 1055/2022 y, desde el 12 de agosto de 2026, el Reglamento europeo de envases; donde chocan, manda el europeo (nota del MITECO).

Qué cambia y cuándo

Desde Qué cambia A quién afecta
Ya en vigor Prohibidos cubiertos, platos, pajitas y agitadores de plástico de un solo uso, y cualquier plástico oxodegradable A todos
Ya en vigor Se cobran aparte los vasos y recipientes de plástico para comida y bebida, y las bolsas de plástico A quien entrega comida, bebida o bolsas
12 de agosto de 2026 Límites de PFAS en los envases que tocan alimentos A quien compra papel, cartón o fibra para alimentos
12 de febrero de 2027 Aceptar el recipiente del cliente en la comida y bebida para llevar, sin cobrarle más A la hostelería con venta para llevar, también a la microempresa
12 de febrero de 2028 Ofrecer la opción de envase reutilizable para llevar A la hostelería con venta para llevar, salvo la microempresa
12 de agosto de 2028 Etiqueta común de materiales en los envases Al fabricante; en la tienda no hay que hacer nada
1 de enero de 2030 Fuera el plástico de un solo uso para comer en el local y las monodosis en la mesa; fruta en lotes de menos de 1,5 kg sin plástico, con excepciones; cajas de envío con un 50 % de espacio vacío como máximo A la hostelería, las fruterías y quien envía pedidos

Microempresa es la que tiene menos de 10 personas y no pasa de 2 millones de euros de facturación o de balance (Recomendación 2003/361/CE): casi todos los bares, restaurantes y tiendas de barrio.

Lo que ya no puedes usar

Los cubiertos, platos, pajitas y agitadores de plástico de un solo uso ya no se pueden poner en el mercado (artículo 56 de la Ley 7/2022). Tampoco ningún producto de plástico oxodegradable, el que lleva aditivos para fragmentarse: si te ofrecen bolsas «oxo» como ecológicas, no las compres.

Donde más se nota es en el plato. Para servir una tortilla, una empanada o una ración para compartir en una barra de fiestas o un catering, nuestro plato desechable es de aluminio: el plato de ø24 cm o el de ø27 cm. Conserva el calor, va al horno y, como no es plástico, en 2030 seguirá valiendo también para servir en la barra. Si la comida tiene que viajar, mejor un envase de aluminio con tapa: el plato abierto no protege en el trayecto. Para las bandejas grandes de un catering (canapés, embutido, asados para varios), la bandeja de aluminio, de 35x24 a 53x36 cm.

Lo que no está prohibido pero se paga aparte son los vasos y recipientes de plástico para comida y bebida, y las bolsas de plástico: van como línea propia en el ticket. Qué entra y qué no, envase por envase, lo tienes en ¿Tengo que cobrar los envases para llevar?.

Platos y bandejas sin plástico

Desde agosto de 2026: papel y fibra sin PFAS

Los PFAS son compuestos fluorados que se usaban para que el papel, el cartón o la fibra moldeada no se empaparan de grasa. Desde el 12 de agosto de 2026 no se pueden poner en el mercado envases que toquen alimentos con PFAS por encima de unos límites (artículo 5 del Reglamento).

No tienes que tirar nada: lo que ya estaba en el mercado antes de esa fecha se puede seguir vendiendo (guía de la Comisión). Lo que cambia es tu próxima compra. Cuando compres papel o fibra para alimentos, pide que te confirmen por escrito que no lleva PFAS añadidos, sobre todo en lo antigrasa, que es donde se usaban. Que un envase sea compostable no responde a esa pregunta.

Nuestras bolsas antigrasa para hamburguesas y bocadillos y nuestras hojas de papel antigrasa son sin PFAS: contienen el aceite y la salsa de una hamburguesa, un bocadillo o unos fritos y el papel no se empapa. En la carnicería, las mismas hojas sirven para el embutido curado, el queso o los cocinados.

Papel para envolver

Hostelería: lo que llega en 2027, 2028 y 2030

Febrero de 2027: el táper del cliente

Si vendes comida o bebida para llevar, tendrás que ofrecer al cliente la posibilidad de traer su propio recipiente, sin cobrarle más que con tu envase, y anunciarlo con un cartel visible (artículo 32 del Reglamento). Esta obligación no tiene exención para la microempresa. En las tiendas de alimentación (frutería, carnicería, panadería, comida cocinada), aceptar el recipiente del cliente ya es obligatorio hoy (artículo 18 de la Ley 7/2022); cómo organizarlo en el mostrador, en el post sobre cobrar los envases.

Febrero de 2028: la opción reutilizable

Desde el 12 de febrero de 2028, la hostelería con venta para llevar tiene que ofrecer también envases reutilizables dentro de un sistema de devolución, sin que salga más caro (artículo 33). La microempresa está exenta, así que el bar o el asador pequeño sigue con sus envases de un solo uso.

2030: para tomar aquí o para llevar

El 1 de enero de 2030 llega el cambio grande, y la línea no es «plástico sí o no», sino dónde se consume:

  • En sala, barra y terraza, lo que se llena y se toma en el local no podrá ir en envase de plástico de un solo uso: vasos, platos, bandejas o cajas desechables. Y cuenta como plástico el papel o el cartón con un 5 % o más de plástico: un vaso de cartón solo valdrá en la terraza si su recubrimiento no llega a ese 5 % (guía de la Comisión).
  • Las monodosis de plástico (salsas, azúcar, leche para el café, aliños) salen de la mesa. Las que acompañan a la comida para llevar siguen permitidas. Hasta 2030 no hay ninguna prohibición, aunque se haya publicado que empezaba en 2026.
  • Para llevar, nada cambia: los envases de un solo uso siguen permitidos.

La consecuencia práctica es separar ya dos circuitos: vajilla, vasos y salseras reutilizables para la sala, y envases de un solo uso solo para lo que sale del local. No compres varios años de vasos o platos desechables para servir en mesa; para llevar, sí puedes comprar con tranquilidad.

Para llevar, el aluminio sigue valiendo

Envases de aluminio de 380 a 2450 cc para raciones, platos del día y pedidos que el cliente recalienta en el horno.

Envases de Aluminio 1100cc

Fruterías: fruta envasada y granel

Para la fruta hay dos normas, y ninguna tiene todavía fecha cerrada para la tienda:

  • La española pide presentar a granel la fruta y la verdura fresca que se vende entera (artículo 7 del Real Decreto 1055/2022). Quedan fuera los lotes de 1,5 kg o más, la producción ecológica o de calidad diferenciada y las frutas que fije una orden del Ministerio de Agricultura por riesgo de deterioro. Esa orden aún no se ha publicado; cuando salga, habrá seis meses para adaptarse.
  • La europea, desde 2030, quita el plástico de un solo uso de la fruta y la verdura fresca envasada en lotes de menos de 1,5 kg: redes, bolsas, bandejas y recipientes (anexo V del Reglamento). Cada país podrá exceptuar las que necesiten ese envase para no perder agua, no golpearse o no oxidarse.

Lo único que queda fuera de las dos es el lote de 1,5 kg o más. Por debajo de ese peso, la bandeja sin plástico te deja preparado para 2030; para la norma española, lo envasado tendrá que ir a granel salvo lo que exceptúe la orden. Para fresas, tomates cherry o setas, la bandeja de cartón microcanal sustituye a la tarrina de plástico y aguanta la humedad. Para medio kilo de fruta pequeña que necesita altura, la cesta de celulosa Berigard. Para cuatro aguacates o cuatro tomates, la bandeja de caña de azúcar. Y para el producto de regalo, la caja de cartón decorada, 100 % reciclada y con ventilación. Si la fruta no necesita ir cerrada, déjala así: un film por encima vuelve a meter plástico en el envase.

Para el granel que se sirve el cliente, la bolsa de papel kraft frutas va bien con lo seco y resistente (manzanas, cítricos, patatas), y el rollo de bolsas compostables con lo húmedo o lo que el cliente quiere ver. Nuestras bolsas del rollo tienen menos de 15 micras: para alimentos a granel se pueden dar sin cobrarlas (Real Decreto 293/2018, artículo 4).

Bandejas para fruta sin plástico

Marca algún producto para compararlo.

Bandejas de Cartón para frutas y verduras
Bandeja Fruta Berigard
100 unds.
Bandeja Compostable para 4 piezas de Fruta
250 unds.
Cajas de Cartón Decoradas
500g
Precio por unidad 0,077 €/bandeja 0,236 €/bandeja 0,147 €/bandeja 0,274 €/caja
Paquete 550 bandejas · 42,57€ 100 bandejas · 23,62€ 250 bandejas · 36,86€ 200 cajas · 54,83€
Material Cartón ondulado Celulosa reciclada Caña de azúcar Cartón reciclado
Alto 30 mm 67 mm 25 mm 55 mm
Para qué Fresas, cherry y setas Medio kilo de fruta pequeña Cuatro piezas sueltas Producto de regalo
Ver producto Ver producto Ver producto Ver producto

Bolsas para el granel

Bandeja de cartón con tomates cherry
La bandeja de cartón sustituye a la tarrina de plástico en los lotes pequeños.

Si envías pedidos en caja

Desde 2030, quien llena una caja de envío (una tienda online, una cesta de fruta a domicilio) tiene que dejar como máximo un 50 % de espacio vacío, y el relleno de papel o de burbujas cuenta como vacío (artículo 24 del Reglamento). Con una sola caja grande para todo, un pedido pequeño no cumple. Lo que lo resuelve es tener dos o tres tamaños: nuestras cajas de cartón van de la de 40x30x18 cm a la de 60x40x40 cm.

Si además fabricas, importas o envasas productos con tu marca, tienes obligaciones como productor (registro, responsabilidad ampliada, impuesto sobre el plástico) que van más allá del mostrador, en la Ley 7/2022 y el Real Decreto 1055/2022; para tu caso concreto, consúltalo con tu asesoría.

Cajas de envío en varios tamaños

Preguntas frecuentes sobre la normativa de envases de plástico

No de forma general. Están prohibidos algunos productos de un solo uso, como cubiertos, platos y pajitas, y otros se cobran aparte. En 2030 llegan nuevas restricciones para la sala de los bares y para la fruta en lotes pequeños.

Todavía no. Desde el 1 de enero de 2030 no se podrán poner en la mesa, pero las que acompañan a la comida para llevar siguen permitidas.

Hasta 2030, sí. Desde entonces, para tomar en el local no valdrá un vaso de cartón con un 5 % o más de plástico. Para llevar, se podrá seguir usando.

Los que ya estaban en el mercado antes del 12 de agosto de 2026 se pueden seguir vendiendo y usando, aunque no cumplan los nuevos límites de PFAS.

Sí. Desde el 12 de febrero de 2027, la hostelería con venta para llevar tiene que aceptarlo sin cobrar más, también la microempresa. De lo que está exenta es de ofrecer envases reutilizables en 2028.

Si solo compras envases vacíos a un proveedor español para usarlos en tu negocio, normalmente no. Si fabricas, importas o envasas con tu marca, sí: consúltalo con tu asesoría.

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